Visión Constitucional
La figura del gobernador en esta Constitución tuvo características interesantes, sin embargo, no alejadas de la Constitución Federal. Para ocupar dicho cargo se requería: Ser ciudadano del Estado, nacido en el mismo, en ejercicio de sus derechos políticos y con una vecindad de 3 años; además de tener una edad superior a los 35 años.
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