Fotografía: Fernando Rojo

 

Respecto de la causa penal 626/2019 donde se vinculó a proceso a Édgar N.N., por hechos constitutivos del delito de homicidio doloso, la firma de abogados Common Law que asumió la defensa el 3 de septiembre, dejaron en claro que no se comprobó que el imputado presentara 3.5 grados de alcohol en la sangre el día del accidente.

Esto derivado de una nota publicada por un medio local en el que hacían referencia que de acuerdo a fuentes oficiales consultadas el imputado sí presentaba 3.5 grados de alcohol en la sangre el día del accidente, “eso es falso y no quedó demostrado, el día que fue la continuación de la audiencia inicial la jueza dijo que hasta ese momento no se podía probar este escenario”, dijo Adolfo Estrada Díaz, encargado de la defensa del imputado.

Ante esta situación la defensa interpuso un juicio de garantías contra el auto de vinculación a proceso dictado por la jueza y señaló que este acto no puede ser tomado como doloso pues Édgar no tenía la intensión de provocar este incidente donde perdieron la vida dos personas por lo que se tendría que hablar de una culpa.

Explicó que el aparato con el cual se le realizó la prueba de alcoholemia tiene un costo de 350 pesos en el mercado del cual refiere no es posible que se dé una clasificación de culposo a doloso. “en lugar de ponerte una pena que va de 3 meses a ocho años, te puedo poner una que llegue hasta los 25 años.

Somos sabedores que hubo una violación al deber de cuidado, es lo que pretendemos llevar y en su momento poder buscar una pena de cuatro años en caso de que no pudiéramos comprobar otra cosa y cumplir con lo que está de las reparaciones del daño. Sabemos que una cuestión económica no vamos a resarcir el daño, pero cumplir íntegramente con las cantidades que están fijadas para ese tipo de delito.

Pueden ascender de 345 más actualización, estaríamos hablando de 355 mil pesos aproximadamente por cada una de las vidas, son cantidades que establece la ley.”

El abogado recordó que el imputado fue vinculado a proceso el pasado 5 de septiembre y se habían pedido cuatro meses para labores de investigación, pero era mucho tiempo y se solicitó que fuera menor por lo que son dos meses a partir de la fecha antes señalada para desahogar las pruebas ante la fiscalía.

El hoy vinculado a proceso atropelló a una persona de la tercera edad y a su nieta (menor de edad) en Cerro Colorado en Atotonilco el Grande y aclaró que el supuesto dolo fue asociado al haber invadido un carril contrario de acuerdo al reglamento que manejan (en el lugar de los hechos).

“En el caso de Atotonilco no tenían ese reglamento de tránsito y se tuvieron que ir a la Ley Federal de Comunicaciones pero la Ley General de Comunicaciones del Estado de Hidalgo únicamente te lo maneja como una violación del deber al cuidado. No nos preocupa tanto la pena, seremos responsables de responder al proceso sino que no se le permite llevar este proceso fuera sino que tiene que estar en prisión preventiva.”

Finalmente el abogado dijo que no entiende por qué ese actuar de la Fiscalía pues refirió que podrían preguntar en la Procuraduría General de Justicia cuántas personas han sido procesadas por esta situación: “ninguno”.

 

 

SJA