Fotografía: ADN
Para asegurar la transparencia y la rendición de cuentas durante el proceso de entrega-recepción que se da al finalizar las administraciones en el estado de Hidalgo, integrantes del Congreso local proponen modificar la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado de Hidalgo.
Como parte de los argumentos detrás de esta iniciativa, se señaló que existe un vacío legal en lo que respecta a situaciones donde no se puede llevar a cabo un proceso de entrega-recepción, de modo que es necesario regular este tipo de situaciones en las que no se pueda completar o efectuar por diversas causas.
Por lo que se crea el acta circunstanciada, que será el documento jurídico utilizado para este proceso y en el que se hacen constar hechos o pormenores del depósito de información.
También se establece que en caso de que la o el servidor público sea ratificado en el cargo, aun así se deberá hacer un acta circunstanciada para explicar la situación que guarda el área a su cargo.
De igual modo, se establece que se deberá hacer en caso de que la o el servidor público saliente sea omiso en hacer este proceso, el Órgano Interno de Control (OIC) en cuestión, en presencia de la o el servidor entrante, formularán acta circunstanciada, para dejar constancia del estado que guardan los asuntos.
El OIC requerirá por una sola ocasión al servidor público saliente que haya sido omiso, para que dentro de un plazo no mayor a 15 días hábiles siguientes a la notificación cumplan con esta obligación.
De continuar negándose se promoverá el procedimiento de responsabilidad que corresponda.
ECRL