Fotografía: Edén Torres
Aunque ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalaron la acción de inconstitucionalidad contra la reforma electoral del estado de Hidalgo publicada el pasado 9 de septiembre porque no se respetó el derecho a la consulta de los pueblos indígenas, esta resolución surtirá efecto hasta que concluya el proceso electoral local ordinario de 2020.
Hay que recordar que dicha acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el partido local Más por Hidalgo, quienes denunciaron diversas violaciones contra la población indígena durante la elaboración de esta reforma y que quedó plasmado en el decreto número 203 donde se reformaron, derogaron y adicionaron diversos artículos del Código Electoral local.
De acuerdo a lo expuesto por la ministra, Yasmín Esquivel Mossa, explicó que la consulta presentó diversas deficiencias que obligan a reponerla en su totalidad porque desde la publicación de la convocatoria estuvo mal hecho el proceso y es necesario corregir estas faltas a través de acatar plazos y formas.
De esta manera inmediatamente después de finalizado el proceso electoral en cuestión, el legislador local deberá actuar para subsanar el vicio de inconstitucionalidad decretado por la SCJN.
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