Fotografía: Edén Torres

 

Las infracciones a los patrones que no cumplan con la prestación del aguinaldo en el periodo establecido por la Ley Federal que marca el 20 de diciembre, van desde 50 hasta 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir hasta 422 mil 450 pesos, relevó María de los Ángeles Eguiluz Tapia, secretaria del Trabajo y Previsión Social.

“Si la empresa no cumple con la normatividad laboral es acreedor a multas, que dependiendo de la gravedad de la infracción va desde las 50 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización, independientemente de la acción que ejerza el trabajador de manera individual para reclamar este derecho”, dijo.

Destacó que las multas se imponen cuando no solucionan los citatorios que se envía a los patrones y cuando se comprueba que no cumplió con este derecho que es irrenunciable, pero además una prestación que tienen los trabajadores por Ley.

Explicó la Ley Federal del Trabajo marca los derechos mínimos de un trabajador que se tienen que respetar por los patrones, donde se establece que los empleados tienen derecho a un aguinaldo anual por la cantidad de 15 días de salario mínimo.

Aunque, reconoció que de acuerdo a los contratos colectivos, individuales o las condiciones de trabajo puede variar esta cantidad, pero aclaró que el mínimo son 15 días de salario, independientemente de que tengan 1, 3 o hasta 5 años y si tienen menos se les paga la parte proporcional.

Eguiluz Tapia destacó que en caso de que se evite esta prestación los trabajadores pueden acudir a la dependencia a la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, donde podrán resolver sus dudas, recibir asesoramiento o representación legal en caso de que quieran presentar alguna demanda.

Subrayó que antes de iniciar una demanda laboral la Procuraduría Estatal de Defensa del Trabajo se encarga de enviar citatorios a los empresarios o patrones a efecto de que puedan resolver esta situación por la vía de la conciliación.

 

SJA