Fotografía: Especial 

 

En Huichapan se establecieron medidas y acciones que deberán implementarse en las diversas dependencias que conforman el gobierno municipal, derivado de la enfermedad generada por el COVID-19 y por el cual se declara emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor.

En el periodo que comprende del día 30 de marzo al 30 de abril del presente año, las diversas dependencias que conforman el gobierno municipal, se suspenden los plazos y términos legales de los actos de recepción, despacho y desahogo de todo tipo de documentación, notificación, requerimiento, diligencia, informe, acto, trámite y servicio no esencial que en general por competencia y substanciación corresponda a la administración municipal 2016-2020 y a sus unidades administrativas, incluso aquellos que se substancien a través de medios electrónicos.

También se suspenden durante el mismo plazo en el punto de acuerdo que antecede, los términos y plazos dentro de los procedimientos y recursos administrativos de cualquier índole, cuya competencia y substanciación corresponda a la administración ya mencionada y a sus unidades administrativas, por lo que no correrán en ninguno de sus alcances.

Los puntos antes mencionados se aplicarán de igual forma a todos aquellos que se realicen a través de las plataformas en internet. Lo anterior para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

En relación con la suspensión referida, los días que comprenda su vigencia se consideran como inhábiles para todos los efectos legales, por lo que en ese periodo no correrán los plazos de los trámites y servicios señalados.

Durante dicho periodo, las actuaciones, notificaciones, requerimientos, solicitudes o promociones presentadas ante las unidades administrativas de la administración municipal se entenderán realizadas hasta el 30 de abril de 2020.

Se podrán habilitar los días y horas que resulten necesarios durante el periodo referido en el numeral anterior, a consideración del titular de la unidad administrativa competente de dicha administración, a fin de proveer los asuntos cuya urgencia y relevancia lo ameriten.

Se suspende la atención al público en general que brindan todas y cada una de las dependencias no esenciales que conforman el gobierno municipal ene l periodo ya mencionado.

Se determinan como funciones esenciales la Secretaria de Seguridad Pública y Vialidad, la coordinación De Protección Civil, la dirección de Servicios Municipales en sus Unidades de Limpia, Rastro Y Relleno Sanitario, la Secretaria de Administración y Finanzas en lo que corresponde a la Dirección de Ingresos y Egresos, la Secretaria De Obras Públicas y la Secretaria de Desarrollo Social en lo que corresponde a la instancia.

También quedan suspendidos de manera provisional hacia el interior del municipio, todo evento masivo, reuniones y congregaciones de más de 50 personas, así también a partir del 5 de abril del año en curso y en virtud de lo anterior, el tianguis dominical que se instala en la cabecera municipal así como los otros que se instalan en otros puntos del municipio.

La actividad en discotecas, café bar, bar karaoke, bares, cantinas, cervecerías, pulquerías, billares o establecimientos cuyo giro incluya el consumo en botella abierta o al copeo de bebidas alcohólicas en sus diferentes grados, así como gimnasios, salones de eventos, canchas, centros deportivos por considerarse actividades no esenciales, también fue suspendida de manera temporal.

Para los establecimientos comerciales cuyo giro principal sea la venta de todo tipo de alimentos, se exhorta a los propietarios de los mismos a reducir a un 50% de su cupo en el establecimiento y a cumplir con las recomendaciones de salubridad necesaria y de preferencia establecer solo la venta de comida para llevar o con entrega a domicilio.

 

 

SJA