Fotografía: Filiberto Monter
El Partido Acción Nacional (PAN) insiste en que la relación personal que tiene el magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), Leodegario Hernández Cortez, con el candidato de “Juntos hacemos historia en Hidalgo”, Julio Ramón Menchaca Salazar, le impide actuar con profesionalismo.
Debido a que el PAN está inconforme con las interpretaciones legales que han hecho tanto el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) como el TEEH para investigar a fondo estos nexos y aplicar las sanciones correspondientes, acudió a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a interponer un medio de impugnación.
Lo anterior con el objetivo de que sea en la instancia federal la que determine si el magistrado realmente está cometiendo violaciones al principio de neutralidad en materia electoral y en consecuencia violaciones a los principios de equidad, imparcialidad, independencia, certeza y profesionalismo.
Pues la dirigencia albiazul considera que debido a esta relación, entre el magistrado y candidato de los partidos Movimiento Regeneración Nacional (Morena), del Trabajo (PT) y Nueva Alianza Hidalgo (NAH), pudiera afectar en consecuencia la contienda por tener resoluciones sesgadas.
Para ello, este miércoles 11 de mayo, la Sala Superior determinará si el PAN tiene razón o no, este caso quedó registrado en el expediente SUP-JE-65/2022, el cual está en manos de la magistrada Janine M. Otálora Malassis, quien pondrá a consideración de sus homólogos su proyecto de resolución.
Hay que referir que el PAN ingresó al IEEH un oficio para que este magistrado fuera investigado y se iniciara un procedimiento especial sancionador por haber acudido a un evento político cuando está imposibilitado por ser servidor público; sin embargo, se declaró improcedente porque no reunía los elementos.
Posteriormente el PAN impugnó esta determinación en el TEEH para que ahí se revocara esta decisión y se ordenara la investigación, mismo asunto que se declaró improcedente porque a decir del TEEH, el IEEH no es la instancia para denunciar al magistrado, y segundo, porque los hechos denunciados ya habían sido resueltos en otro expediente, donde se declaró la inexistencia de la violación.