Fotografía: Especial

 

Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) confirmaron por unanimidad la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría correspondiente al proceso electoral local 2021-2022 para la renovación de la Gubernatura del Estado de Hidalgo, a favor de Julio Ramón Menchaca Salazar, quien deberá rendir la protesta constitucional y tomar posesión del cargo el próximo 5 de septiembre de 2022.

Este viernes, después de más de un mes de revisión del asunto, el Juicio de Inconformidad registrado con la clave TEEH-JIN-GOB-VAPORHIDALGO-001/2022, y que fue promovido por el Partido Acción Nacional (PAN) y que ostentaba la representación jurídica de la coalición “Va por Hidalgo” integrada por los partidos PAN, PRI y PAN, quién pretendía anular la elección del 5 de junio y el triunfo de la candidatura común “Juntos hacemos historia en Hidalgo», integrada por los partidos políticos PT, Morena y NAH.

Los magistrados refirieron que los agravios denunciados como el aprovechamiento indebido de la investidura del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, se declararon infundados, porque no se logró acreditar fehacientemente las infracciones denunciadas.

Respecto de la intervención de servidores públicos durante la contienda, se determinó que la acción no fue un factor determinante y que estas irregularidades no fueron graves para los resultados obtenidos, elementos indispensables para anular una elección. De igual manera, tampoco se acreditó la comisión de actos generadores de violencia política por razones de género contra su candidata, Alma Carolina Viggiano Austria.

En relación a que el candidato electo había excedido en un 205% el tope de gastos de campaña, los magistrados señalaron que el dentro del dictamen consolidado emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE) quedó asentado que no existió rebase alguno, por lo que dichos agravios también se desestimaron.  

Finalmente, tampoco es viable jurídicamente anular la elección debido a que la diferencia entre el primer y segundo lugar fue de 323,031 votos, de una votación total de 1,067,726, es decir, la diferencia entre el primer y segundo lugar fue mayor al 5%, ya que fue del 30.25% en realidad y legalmente no es posible usar este argumento para anular la elección y retirar el triunfo a Menchaca Salazar.