Fotografía: Especial

 

 

Debido a que la redacción del delito de rapto tiene una concepción con fuertes connotaciones discriminatorias sobre las relaciones entre mujeres y hombres, perjudicando a las mujeres, un grupo de diputadas y diputados locales propone eliminarlo del Código Penal para el Estado de Hidalgo, contenido en los artículos 169 y 171.

 

Las diputadas locales Elvia Yanet Sierra Vite, Tania Valdez Cuellar, Gabriela Godínez Hernández, Adelfa Zúñiga Fuentes, junto con sus homólogos Jesús Osiris Leines Medécigo, José Antonio Hernández Vera y Jorge Hernández Araus, coincidieron en que el marco legal local debe estar en concordancia con los principios de igualdad, no discriminación y derechos humanos para garantizar un marco legal que respalde la integridad y dignidad de las personas especialmente a las mujeres.

 

En otras entidades y organismos se ha detectado está incongruencia respecto de los delitos de privación de la libertad con fines sexuales y el delito de rapto, porque han sido identificados cómo discriminatorios en su aplicación, específicamente cuando las víctimas son mujeres. Pues se ha visto la imposición de sanciones menos severas cuando estos delitos son perpetrados contra mujeres.

 

Señalaron que el delito de rapto y el delito de privación de la libertad con fines sexuales implican la privación ilegal de la libertad de una persona para llevar a cabo un acto sexual o contraer matrimonio, pero en algunos casos, estos delitos solo reconocen como víctimas a las mujeres, generando un desequilibrio legal y una negación de la posibilidad de que otros géneros sean igualmente afectados.

 

Con base en esto, es fundamental un análisis jurídico desde la perspectiva de género y de derechos humanos de los instrumentos internacionales, para determinar si dentro de sus ordenamientos jurídicos internos existe algún elemento discriminatorio que vulnere el acceso de las mujeres y las niñas a sus derechos humanos, especialmente su derecho a una vida libre de violencia.

 

 

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