Fotografía: Especial

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este martes una Norma Oficial Mexicana (NOM) que obliga a los hospitales públicos a practicar abortos en casos de violación, incluso a niñas entre 12 y 17 años, sin que se necesite el permiso de sus padres o una denuncia penal ante el Ministerio Público.

La votación se llevó a cabo en el pleno, donde diez ministros contra uno determinaron que las controversias constitucionales interpuestas por Aguascalientes y Baja California sobre la NOM son infundadas, pues los criterios de prevención y atención que prevé dicha normatividad fue reformada en 2016 por la Secretaría de Salud (Ssa) para ajustarla a lineamientos de la Ley General de Víctimas (LGV) de 2013.

El ministro Luis María Aguilar, autor de los proyectos, observó que las víctimas de violación pueden no presentar una denuncia penal debido al estigma social que existe.

“No podemos perder de vista que México ocupa el primer lugar en abuso infantil entre los países miembros de la OCDE. De esas violaciones, en 90 por ciento se produce en el interior de los hogares y el entorno familiar”, expuso otro ministro.

En su turno, la ministra Margarita Ríos-Farjat recalcó que seguir con un embarazo no deseado producto de una violación es una forma de tortura y malos tratos, mientras que el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea argumentó que las niñas y personas gestantes deberían de poder solicitar un aborto sin autorización de sus padres.

 

FMS