Fotografía: Nelly Téllez

 

Establecer la violencia política por razones de género como causal de nulidad de una elección, en la reforma político-electoral local es un elemento jurídico que debe abordarse perfectamente para evitar complicaciones en la vida democrática de la entidad comentó la magistrada presienta del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), María Luisa Oviedo Quezada.

Dicha posibilidad se presentó dentro de las mesas políticas para la reforma electoral local y ante esto, la magistrada presidenta, comentó que en algunas entidades existe esta figura, mientras que en otras no están de acuerdo porque pudiera considerarse una espada de doble filo.

“En el tema de la nulidad no hay que olvidar que partimos de que el voto ciudadano válidamente emitido debe respetarse, el hecho de establecer como causa el tema de la violencia puede dejar en una posición hasta cierto punto endeble una elección que se haya celebrado válidamente en algún municipio y que posteriormente pudiera ser objeto de impugnación por esta causal” dijo.

Precisó que este tema debe ser analizado minuciosamente, pues no se debe de perder de vista que para proceder en consecuencia se requieren tener pruebas objetivas y tangibles en este sentido, aunado a que se podría caer en la revictimización de la persona que haya sufrido la violencia.

 

 

SJA