Fotografía: Nelly Téllez

Para aprobar una candidatura indígena, es necesario que los partidos políticos al momento de registrar a una persona en alguna contienda electoral presenten elementos probatorios que permitan reconocer a esa persona como indígena o como integrante de algún pueblo o comunidad indígena.

El magistrado de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Juan Carlos Silva Adaya, explicó que a su consideración es de vital importancia promover la figura de la Autoadscripción Calificada Indígena, o dicho de otra manera, definir criterios a través de pedir algunas pruebas que permitan asegurar que aspirantes a una candidatura sí tienen algún vínculo.

Al recurrir a este tipo de ejercicio legal y/o administrativo se promueve una acción afirmativa pues son medidas que se establecen para favorecer a grupos desaventajados, pues refirió que hoy ya no es suficiente con que una persona que de viva voz digan que son indígenas para acceder a toda una serie de derechos reconocidos y que favorecen prioritariamente a este sector.

>»Tiene que existir un conjunto de pruebas a través de las cuales objetivamente se pueda reconocer a estas personas como indígenas o integrantes para que tengan derecho legítimo de disfrutar de estas acciones afirmativas» dijo.

Ya que lo que se pretende evitar con estas medidas es el de que los partidos políticos abusen de esta figura, pues la experiencia es que sí se dan situaciones donde los partidos quiere irse por la libre sin necesidad de cubrir requisitos ni sujetarse a ningún tipo de lineamientos, situación que les favorece más a ellos que las personas indígenas.

Finalmente comentó que los tipos de prueba pueden ser amplios y diversos, los cuales no deben ser bien pensados para demostrar esta relación para así lograr garantizar la representación de las personas indígenas.

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