Fotografía: Especial

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinó que obligar al Congreso local a legislar para imponer cuotas de personas con discapacidad a los partidos al momento de integrar integrar sus fórmulas para los procesos electorales podría ser contraproducente y no en beneficio del sector.

Esto luego de que un ciudadano promoviera una demanda contra la reforma electoral local argumentando que los legisladores locales habían sido omisos para establecer acciones afirmativas o medidas compensatorias que garanticen que las personas con discapacidad puedan ser postuladas como candidatas o designados a un cargo público bajo el sistema de cuotas.

Ante esto la magistrada presidenta del TEEH, María Luisa Oviedo Quezada, explicó que al evaluar la situación se llegó a la conclusión de que este sector poblacional podría ser forzado o acosado por los partidos políticos para participar en las contiendas electorales solo para cubrir una cuota, y no estarían de manera voluntaria.

Pues regular en este sentido se podría imponer una carga al sector, aunado a que existe una ley que garantiza estos derechos político-electorales de este sector y que la última actualización es del año pasado, por otro lado durante la construcción de la reforma electoral local las asociaciones de personas discapacitadas no mostraron interés por promover cuotas.

Por lo tanto los magistrados coincidieron en declarar infundados los agravios señalados por el quejoso, pues realmente no había omisiones ni atropellos por parte del Congreso local en contra o en detrimento del ejercicio de los derechos de este sector.

De igual manera se dio vista a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de Hidalgo para que revise si durante las elecciones internas pasadas del Partido Acción Nacional (PAN) en Hidalgo no se cometió algún delito, ya que tras revisar el caso de un militante que inició una cadena impugnativa se detectaron anomalías entre el número de votantes y el padrón de militantes.

De igual manera en sesión del TEEH se determinó que la convocatoria para integrar los Consejos Electorales Municipales emitida por el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) no violenta los derechos de las personas indígenas y no está obligado a resguardar un espacio para este sector porque no se trata de un consejo de representación popular, sino de un grupo que debe tener cierto conocimiento técnico en la materia electoral para garantizar el buen tránsito de las elecciones de ayuntamientos en 2020.

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