La importancia de una cultura constitucional

 

“La cultura constitucional hace referencia a la Constitución que realmente se aplica o que se va adecuando a las realidades de una nación, en las prácticas, hábitos y actitudes de los poderes públicos y de las personas en una comunidad política”.

Lo que parecía una adecuada reforma constitucional para el Poder Judicial de la Federación, se convirtió, gracias a quienes no tienen los mínimos elementos de la teoría constitucional, en un escándalo de proporciones nacionales e inclusive internacionales.

Desde la Visión Constitucional, en este mismo espacio dábamos cuenta de los puntos trascendentes en los cambios que se habían alcanzado en la reforma concerniente en materia de la instancia jurisdiccional federal, como: transformación en su estructura, incorporación de un nuevo sistema de precedentes, fortalecimiento de la carrera judicial, otro intento de que la Suprema Corte se consolide como tribunal constitucional, defensoría pública y otros temas del orden procesal.

Pero ya en el tema estrictamente parlamentario, el Congreso de la Unión nuevamente no está a la altura de los nuevos tiempos de los derechos consagrados en la Carta Fundamental, y una mayoría dócil tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados, aprueba en una legislación secundaria, el cambio en la duración de actual presidente de la Corte y de consejeros de la judicatura, bastante cuestionable, con lo que hacen ver, salvo honrosas excepciones, su desconocimiento del marco constitucional.

Por otra parte, mucho se ha criticado el silencio del presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, desde la aprobación de los cambios legislativos en el Senado, a decir de varios de sus integrantes de aquella cámara, sorpresiva, de un artículo transitorio que extiende el periodo de la actual presidencia del máximo tribunal del país.

Aunque esa acción es netamente del Poder Legislativo y no tiene el Poder Judicial relación en su creación y debate, por lo que es una responsabilidad de los representantes populares y como lo señaló el gran jurista Diego Valadéz, ese agregado en la norma secundaria pone en aprietos a quien preside la Corte “…el presidente Zaldívar es un constitucionalista serio que no merece ser objeto de maniobras que lo exponen a comentarios desfavorables”.

Y es que quien preside la Corte no podía pronunciarse ante un proceso legislativo inacabado que se podía modificar en el camino, tampoco podía adelantar un criterio en un asunto que posiblemente tuviera que resolver el tribunal que él encabeza y para colmo, en un caso que lo involucraba directamente; por ello, la prudencia presidencial del órgano jurisdiccional estaba más que justificada.

Ahora, con relación del contenido del cuestionado transitorio, es indiscutible que se trata de un artículo contrario a la Constitución General de la República, por varios motivos:

  1. I) Si de verdad es cierto, lo dicho por varios senadores, en cuanto a que no se respetó el proceso parlamentario, ahí está una primera falla.
  2. II) El periodo de la presidencia de la Suprema Corte es de cuatro años improrrogables, así que cualquier cambio a la misma contraría el espíritu de la Carta Fundamental.

 

III)      La ampliación de cargos de algunos consejeros de la judicatura opera en el mismo sentido, ya que esos periodos están establecidos en la Constitución por cinco años.

 

  1. IV) En el más elemental conocimiento de la teoría constitucional, cualquier persona sabe o debería saber que una ley de menor jerarquía de la Constitución no puede cambiar a esta que es la Ley Suprema.
  2. V) Otro tema es que la ampliación de cargos en contra de la ley es un tema de responsabilidad, por ello quienes votaron a favor de esos cambios incurren en falta.
  3. VI) Finalmente, que los que han protestado guardar y hacer guardar la Constitución también están incurriendo en responsabilidad al no respetar su protesta.

Ahora vendrá el capítulo más difícil, de lo que pareciera una confabulación para no respetar el texto constitucional, que, a través de sus propios medios de control, la Constitución pueda defenderse.

 

Visionare. La cultura constitucional es una asignatura que debe fortalecerse para que en caso de que las autoridades la desconozcan, sean los ciudadanos sus primarios y principales defensores de su Carta Suprema.

 

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