Fotografía: Especial

 

El diputado local, Rodrigo Castillo Martínez, presentó una iniciativa ante el pleno del Congreso local con el propósito de obligar a que la conformación de las planillas municipales se reserve un espacio para personas del sector campesino.

Afirmó que si se han realizado acciones afirmativas en materia político-electoral en beneficio de los grupos sociales vulnerables e históricamente relegados como por ejemplo las mujeres, personas de la diversidad sexual, afrodescendientes, personas con discapacidad o personas indígenas, es justo contemplar al campesinado.

De esta manera, se propone que las fórmulas de planillas para ayuntamientos deberán postular por lo menos a una persona del sector campesino perteneciente al núcleo de población ejidal del municipio donde se postule, tanto en la candidatura propietaria como en la suplencia y deberán ser del mismo género.

Se señaló que no deberán de ser integrantes de los órganos de representación ejidal y acreditarán su calidad mediante certificado de inscripción en el padrón de ejidatarios del Registro Agrario Nacional o mediante sentencia ejecutoriada del Tribunal Agrario competente, así como por una constancia expedida por su Comisariado Ejidal o Consejo de Vigilancia.

Lo anterior para hacer constar que han trabajado de manera continua e ininterrumpida en actividades propias del campo.

Afirmó que si se han realizado acciones afirmativas en materia político-electoral en beneficio de los grupos sociales vulnerables e históricamente relegados como por ejemplo las mujeres, personas de la diversidad sexual, afrodescendientes, personas con discapacidad o personas indígenas, es justo contemplar al campesinado.

De esta manera, se propone que las fórmulas de planillas para ayuntamientos deberán postular por lo menos a una persona del sector campesino perteneciente al núcleo de población ejidal del municipio donde se postule, tanto en la candidatura propietaria como en la suplencia y deberán ser del mismo género.

Se señaló que no deberán de ser integrantes de los órganos de representación ejidal y acreditarán su calidad mediante certificado de inscripción en el padrón de ejidatarios del Registro Agrario Nacional o mediante sentencia ejecutoriada del Tribunal Agrario competente, así como por una constancia expedida por su Comisariado Ejidal o Consejo de Vigilancia.
Lo anterior para hacer constar que han trabajado de manera continua e ininterrumpida en actividades propias del campo.