Fotografía: Especial

 

 

Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió la Acción de Inconstitucionalidad 54/2023 promovida por el Poder Ejecutivo Federal, el Congreso de Hidalgo deberá evitar aprobar el cobro de la búsqueda de archivos en los municipios, pues de lo contrario volverá a incurrir en un vicio legal del que ya se pronunció.

 

Este lunes 4 de diciembre se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) la resolución de la demanda que se interpuso el 27 de enero de este año en contra del artículo 17 de las leyes de ingresos de más de 60 municipios a los que el Congreso local les aprobó tarifas de entre 7 y 189 pesos por la búsqueda de archivos de antecedentes por periodo anual o fracción, documentos o fecha.

 

Al revisar el caso se determinó que existe un cobro excesivo y desproporcionado entre la tarifa y el costo del servicio, ya que la sola búsqueda no genera costos adicionales, de modo que no hay razón para hacer un cobro por ello y los municipios no deben fijar una tarifa por esta acción.

 

De este manera, se declara inválido el artículo 17 de las leyes de ingresos de más de 60 municipios hidalguenses, además se vincula al Congreso de Hidalgo para que se abstenga de emitir normas que presenten estos vicios y tener mayor cuidado en este tipo de asuntos.

 

 

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