Fotografía: Filiberto Monter

 

Por decisión de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó parcialmente la decisión tomada por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) respecto a incrementar la exclusividad en la postulación de mujeres en los municipios, así como la postulación de las juventudes.

 

En sesión de este viernes, la y los magistrados de la Sala Regional Ciudad de México analizaron las denuncias que interpusieron tanto ciudadanos como partidos políticos respecto a la sentencia del TEEH, mediante la que revocó el acuerdo del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) en el que reguló las reglas inclusivas de postulación de candidaturas locales.

 

El pleno de la Sala Regional determinó que el TEEH realizó ajustes indebidos al mandar al IEEH incrementar las acciones afirmativas en materia de juventudes y paridad.

 

Indicaron que las magistraturas locales solo debían haber pedido la fundamentación y motivación de la metodología usada para establecer los 20 municipios con exclusividad para mujeres, más no aplicar la metodología de municipios que no hayan sido gobernados por mujeres en todos los municipios.

 

Para el caso de la postulación de las juventudes, se señaló que ante la justificación de que era un principio de progresividad, esto no es así, pues no existen argumentos válidos para incrementar la medida que ya había determinado el IEEH.

 

Entre los argumentos expuestos por las magistraturas de la Sala Regional, coincidieron en que la decisión del IEEH para hacer exclusivos 20 municipios es una medida legítima, válida, idónea y proporcional para garantizar el acceso y no solo la postulación de mujeres.

 

 

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