Fotografía: Especial
Entran en vigor modificaciones aprobadas por la Cámara
local para eliminación de plásticos de un solo uso.
Con la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo los comercios
tienen 180 días naturales para la eliminación de estos.
La LXIV Legislatura de Hidalgo realiza su aporte para una mayor protección al
medioambiente.
A partir de este lunes 15 de abril, entró en vigor las modificaciones
realizadas a la Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos del Estado de
Hidalgo, aprobada por unanimidad el pasado 19 de marzo de 2019 por
integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso de la entidad.
Actualizaciones que marcan que los establecimientos comerciales que, a
título gratuito u oneroso, en supermercados, en tiendas departamentales, de
autoservicio, de conveniencia, farmacias, mercados, centrales de abasto,
tianguis, comercios en general y establecimientos donde se comercialicen
alimentos y bebidas, contarán 180 días naturales para la eliminación definitiva de
los productos de plástico de un solo uso descartable.
Los establecimientos y comercios deberán incentivar y brindar facilidades al público para llevar sus propias bolsas
reutilizables o bien otros elementos que no sean de un solo uso tales como:
bolsas de tela, canastas, redes, u otras hechas de material reutilizable, para fines
de envoltura, transportación, carga o traslado de productos o mercancías.
De la misma forma, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
de Hidalgo (Semarnath) deberá establecer un programa ambiental, en
coordinación con el Estado, en el que se dé difusión al perjuicio y deterioro que
causan las bolsas y popotes de plástico, a fin de promover la conciencia ecológica
o informar a la ciudadanía sobre las posibles alternativas de sustitución de estos.
Asimismo, deberá de vigilar el cumplimiento de las disposiciones de
regulación del uso de plásticos de un solo uso descartables y sancionar en caso
de incumplimiento.
Igualmente, esa dependencia estatal deberá implementar políticas públicas encaminadas a la reducción y posterior eliminación de materiales plásticos de un solo uso descartables, buscando alternativas que impulsen su
sustitución definitiva por productos elaborados con materiales que sean
biodegradables y reduzcan o eliminen el impacto ambiental por el uso de esos
productos.
Las actualizaciones que hoy entran en vigor son la reforma a la fracción
IV del artículo 5; inciso a) de la fracción I del artículo 6; y fracción XVI del artículo
44; así como la adición a la fracción VI Bis al artículo 4; las fracciones VI, VII,
VIII y IX al artículo 5; incisos b) y c) a la fracción I del artículo 6; y el artículo 44
Bis, a la Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos del Estado de Hidalgo.