Fotografía: Edén Torres
El Poder Ejecutivo Local estableció medidas y acciones que deberán implementar las Dependencias y entidades de la administración pública estatal derivado de la Enfermedad por el virus covid-19 en el estado de Hidalgo.
Esto se hizo oficial tras su publicación con fecha del 25 de marzo del presente año donde se mostraron 13 consideraciones para ello, la primera de ellas, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal suspenderán los plazos y términos de trámites y procedimientos que se realicen ante estas durante el periodo que comprende del veinticinco de marzo al diecisiete de abril de dos mil veinte, sin implicar suspensión de labores, salvo que se trate de personal cuyas actividades no sean esenciales y que haya dejado de laborar como medida preventiva frente a la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus COVID-19.
Para la atención al público se emplearán los medios electrónicos que estén habilitados para tal efecto. Cuando así lo determinen las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, los trámites que tengan carácter de urgente se podrán realizar de manera presencial, garantizando en todo momento se tomen las medidas preventivas necesarias.
El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Hidalgo, implementará programas emergentes para ofrecer a los trabajadores no derechohabientes de alguno de los Órganos de Gobierno Federal, Estatal o Municipal; apoyos extraordinarios para hacer frente a la contingencia sanitaria.
La Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales y la Comisión Estatal del Agua y Alcantarillado, emitirán medidas administrativas para garantizar el suministro de agua potable para la población, de conformidad con las disposiciones normativas aplicables.
La Secretaría de Educación Pública del Estado de Hidalgo, a través del Instituto Hidalguense de Financiamiento a la Educación Superior; el Instituto Hidalguense de Competitividad Empresarial y el Instituto Hidalguense de las Mujeres, en relación a el otorgamiento de financiamiento para fines educativos y créditos empresarial directo, realizarán las acciones administrativas necesarias para establecer prorrogas en los pagos de los créditos y en su caso, de las cuotas de actualización de los créditos otorgados.
La Secretaría de Finanzas Públicas del Estado de Hidalgo generará suficiencia económica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, para establecer los programas de financiamiento que permitan la ampliación de nuevas líneas de créditos a personas físicas con actividad empresarial, micro y pequeñas empresas Hidalguenses, con condiciones de crédito preferenciales que garanticen su continuidad durante la contingencia sanitaria, en especial redirigida estos recursos a el Instituto Hidalguense de Competitividad Empresarial.
La Secretaría de Finanzas Públicas del Estado de Hidalgo, deberá otorgar incentivos fiscales estatales, orientados a las personas físicas con actividad empresarial, así como a micro, pequeñas y medianas empresas.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, deberán de prorrogar durante el periodo referido en el primer punto de este Acuerdo, las revisiones programadas del orden estatal en materia fiscal, laboral y ambiental y demás similares, salvo en aquellos casos que exista una denuncia que sea de actuación inmediata.
Quedan exentos de lo señalado en el párrafo que antecede, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo y sus unidades administrativas, mismas que deberán desempeñar sus actividades con regularidad.
Toda actuación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal deberán enfocarse a fomentar y fortalecer los mecanismos de vinculación laboral para seguir promoviendo la generación y la permanencia de empleo.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, en coordinación con el Gobierno Federal, impulsarán acciones de vigilancia, coordinación y supervisión para garantizar el abasto y estabilidad de precios.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, en el ámbito de su competencia, exhortarán a los establecimientos mercantiles donde se presente una alta concentración de individuos al interior de los mismos, a limitar su funcionamiento únicamente al cincuenta por ciento de su capacidad como medida sanitaria.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal deberán impulsar con los 84 ayuntamientos, medidas preventivas sanitarias en empresas, centros de abasto y mercados, así como la determinación de apoyos a empresas a través de estímulos fiscales municipales, de conformidad con las disposiciones normativas aplicables, y previo acuerdo de sus cabildos. Asimismo, se coordinarán y concertarán con las iglesias y las agrupaciones religiosas, la cancelación o reprogramación de actos religiosos de culto público que impliquen concentraciones de personas.
La Secretaría de Movilidad y Transporte, el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo y el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo, proveerán las medidas necesarias para que los concesionarios presten y exploten el servicio público de transporte, mismas que ya se dieron a conocer en días anteriores.
La Secretaría de Educación Pública del Estado de Hidalgo promoverá acciones en modalidades de educación a distancia, para garantizar la continuidad en la aplicación de planes y programas de estudio del actual ciclo escolar.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal deberán facilitar las medidas de control y supervisión de los órganos de control internos para verificar el cumplimiento en la aplicación presupuestal de las diversas medidas de la contingencia descritas en este acuerdo conforme a los principios de transparencia, eficacia, legalidad y honradez.
Los órganos de gobierno de las entidades de la administración pública estatal, sesionarán con el tiempo diferido que dure la presente contingencia sanitaria COVID-19, para lo relacionado a la presentación de su información Programática – Presupuestal y Adecuaciones Presupuestarias.
Se instruye a las dependencias y entidades de la administración pública estatal, para en el ámbito de sus atribuciones, emitan los lineamientos, acuerdos y demás instrumentos normativos necesarios para dar cumplimiento al presente Acuerdo.
ENCA