Fotografía: Especial 

Con la encomienda de continuar impulsado un Hidalgo en donde prevalezca la transparencia, la redición de cuentas, la Secretaría de Contraloría de Hidalgo, por instrucción del Gobernador Omar Fayad, propicia el compromiso y vocación al servicio público a través de la presentación de la declaración patrimonial de 84 mil 715 servidores públicos durante la jornada 2021 de esta obligatoriedad enmarcada en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Bajo esa visión, la dependencia a cargo de César Román Mora Velázquez llevó a cabo, en el mes de febrero, una firma de convenio con el Gobierno de la República a través de la Secretaría de la Función Pública, lo anterior con la intención de implementar las Tecnologías de la Información y los formatos adecuados para facilitar el cumplimiento de la Declaración de Modificación de Situación Patrimonial y de Intereses 2021.

Cabe destacar que con la firma del convenio el estado de Hidalgo permite la adopción de mejores prácticas para fortalecer la gestión pública, transparencia y cultura organizacional, misma que es reconocida por el Gobierno de la República,

Es así como, a partir del presente año 2021, los servidores públicos del Poder Ejecutivo realizaron su obligación de declarar su patrimonio a través de la plataforma DeclaraNet que es el medio electrónico de recepción de declaraciones patrimoniales desarrollado por la SFP.

En este sentido, 84 mil 715 servidores públicos presentaron en tiempo y forma su declaración en el mes de mayo y 846 fueron omisos ante esta obligación, mismos que su mayoría corresponden al rubro educativo, sin embargo, la Ley contempla que el Órgano de Control realice un exhorto para que el servidor público omiso justifique su falta en un máximo de 30 días posteriores al cierre del sistema.

La omisión a la presentación de declaraciones patrimoniales, conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conlleva a sanciones por la comisión de una falta calificada como No Grave. El artículo 75 de la Ley mencionada, establece las sanciones que podrán imponerse:
I.- Amonestación pública o privada.
II.- Suspensión del empleo, cargo o comisión.
(1 a 30 días)
III.- Destitución del empleo, cargo o comisión.
IV.- Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. (De 3 meses a un año).
Cabe señalar que con fecha 27 de mayo de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción, a través del cual se estableció la obligación de todos los servidores públicos de presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes, en los términos que determine la ley.

Con lo anterior se refuerza la prevención y participación ciudadana, lo que representa el cumplimiento en el rubro de rendición de cuentas, transparencia, acceso a la información pública y honestidad de los servidores públicos.

Es importante señalar que, con la información de la evolución patrimonial es posible detectar irregularidades que afecten al servicio público y de igual forma se generan instrumentos para inhibir prácticas corruptas y de enriquecimiento inexplicable o ilícito.

 

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