Fotografía: Especial
Con las modificaciones aprobadas a la Ley de Albergues Privados para Personas Adultas Mayores del Estado de Hidalgo, se contará con una base de datos para tener un control y seguimiento de su operación con el objeto de velar por la integridad física y psicológica de las personas adultas mayores.
Como parte de las nuevas modificaciones, se establece contar con un Registro Estatal de Albergues Privados, los cuales a su vez deberán contar con una base de datos de las personas adultas mayores que han sido inscritas en los albergues privados.
Este padrón o base de datos deberá contar con información como género, edad y, en su caso, situación jurídica, así como datos sobre el seguimiento al proceso familiar y social.
También deberán de contar la relación detallada del personal que labora en el albergue privado, incluyendo al responsable, titular o administrador, así como su representante legal, especificando la figura jurídica bajo la cual operan.
De igual manera se establecen las causas bajo las cuales se perderá la inscripción en el registro estatal como por ejemplo: Cuando habiendo transcurrido más de seis meses de revocada la Autorización Sanitaria, persistan en el albergue las causas que dieron origen a la revocación.
Cuando a juicio de la autoridad existan causas graves que pongan en peligro la vida o la integridad física y psicológica de los residentes; por petición expresa del responsable, titular o administrador del albergue privado, de modo que la pérdida del registro producirá la revocación de las diversas autorizaciones y licencia de funcionamiento relacionadas.