Visión Constitucional
El artículo segundo de la Convención Americana de Derechos Humanos establece la obligación de los Estados de adecuar su ordenamiento jurídico a los mandatos convencionales, esto implica que si un país como México, suscribe tratados internacionales sus principios y mandatos se deben trasladar al derecho interno, lo anterior no es ninguna novedad pues desde su texto original la Constitución de 1917 y aun con sus reformas en los años de1934 y 2016, establece esencialmente en su artículo 133, que:
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