Categoría: Opinión

Visión Constitucional

Los antecedentes de los derechos humanos son muchos y variados, desde el cilindro de Ciro, una tablilla de arcilla con proclamaciones inscritas, considerada por algunos como la primera declaración de derechos humanos en la historia; continuándose la idea de los derechos humanos se difundió rápidamente hasta India, Grecia y Roma, sin embargo, en un sentido que refleja más la actualidad del tema aparecieron documentos como al Carta de Juan Sin Tierra de 1215, la Petición de derecho (1628), la Constitución de los Estados Unidos (1787), la Declaración francesa de los derechos del hombre y del ciudadano (1789), entre otros importantes documentos.

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Perspectiva del deporte

Se llevó a cabo el selectivo estatal, rumbo al Sistema Nacional de Competencias 2019 con la participación de solamente 7 municipios (SIC), si bien es cierto que en otras ediciones no se cuenta con los 84 municipios del estado, resulta extraño que en un evento que es del Instituto Hidalguense del Deporte con la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (así lo establece la convocatoria) se haya exigido que los participantes tuvieran que estar afiliados a ADEMEBA; es sabido que la CONADE ya avaló que dicho organismo es el encargado técnicamente para llevar a cabo la justa en sus diferentes etapas, también no es condicionante el hecho de estar afiliado (corroborado con personal técnico de la mencionada Comisión).

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Cosas que fueron

El 8 de diciembre de 1925 corrió como reguero de pólvora la noticia de que en las faldas del cerro de Cuixi, había sido encontrado el cadáver de una niña, horriblemente destrozado a puñaladas.

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Visión Constitucional

El pasado sábado primero de diciembre el presidente electo Andrés Manuel López Obrador asumió formalmente el cargo de presidente de los Estados Unidos Mexicanos. En su Diccionario de Derecho, Ignacio Burgoa define a la protesta como: “Declaración que formula todo funcionario público, antes de tomar posesión de su encargo, en el sentido de asumir la obligación de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen (art.128 const.) sujetándolo a la responsabilidad inherente a todo servidor del Estado en caso de violar dichos ordenamientos. La protesta equivale al juramento de que hablaba el artículo 121 de la Constitución de 1857.”

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