Fotografía: Nelly Téllez

Hasta el 17 de agosto de este año desaparecerán las figuras delegados y subdelegados municipales para el ayuntamiento de Cuautepec de Hinojosa, pues suprimir y condicionar esta figura antes de tiempo resulta una violación a los derechos político-electorales de las personas electas.

Así lo determinaron los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) que revocaron parcialmente el acta del 6 de enero pasado donde el ayuntamiento aprobó la desaparición de esta figura de manera inmediata para el ejercicio fiscal 2020 violentando el periodo por el cual fueron electas estas personas.

El cabildo de Cuautepec de Hinojosa pretendía no solo desconocer la figura de delegados y subdelegados municipales, sino que además se condicionaba su permanencia pues para mantener el cargo bajo la nueva figura de representante comunal debían de hacerlo de manera voluntaria y plasmarlo por escrito.

De lo contrario el ayuntamiento daría por entendido que no estaban interesados en acatar la normativa y que para llenar estos espacios se haría uso del personal administrativo con el que cuenta la alcaldía para sustituir estos cargos, pese a que legalmente tienen un periodo de vigencia al 16 de agosto de este año.

Por otro lado, también por unanimidad se ordenó al partido local Más por Hidalgo a que revise minuciosamente el caso de, Rodrigo Velasco Téllez, y únicamente para él se haga una inaplicación sobre el tema de la edad mínima, de 21 años de edad cumplidos al día de la elección, para poder registrarlo como precandidato a la presidencia municipal de Molango de Escamilla.

Ante esto los magistrados coincidieron en que suponiendo en que sea electo como candidato, al día de la elección, 7 de junio, él tendría 20 años 9 meses y 24 días, y en caso de resultar ganador para el día de la toma de protesta ya tendría los 21 años de edad cumplidos como lo marca la ley.

Se explicó que era necesario tomar las medidas necesarias para hacer una ampliación de los derechos político-electorales del ciudadano y al existir un falta de proporcionalidad se determinó para este caso inaplicar este requisito, y de igual modo se dio vista al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) para que si se registra esta candidatura se dé por cumplido el requisito de la edad.

 

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