Fotografía: Edén Torres 

Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinaron que la designación de la titular de la Dirección Ejecutiva de Derechos Políticos Electorales Indígenas del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) fue apegada a derecho; pero es necesario que sí se defina cuánto tiempo estará en el cargo.

El magistrado, Manuel Alberto Cruz Martínez, explicó que el asunto central de la impugnación por parte del ciudadano que se autoadscribe como indígena hñähñu, César Cruz Benítez, era precisamente que el nombramiento requería de una consulta a la población indígena para que esta revisara los perfiles y diera el respaldo.

Sin embargo, explicó que el argumento es infundado, ya que de acuerdo a la normativa electoral vigente el IEEH realizó el procedimiento de designación conforme a derecho y a las atribuciones que le competen al titular de la presidencia de dicho organismo electoral, pues en estos momentos la ley no establece que se deba someter esta designación a una consulta.

No obstante, sí recalcó que es necesario que el IEEH modifique el acuerdo número 61 del año pasado para darle temporalidad a esta dirección, toda vez que este acuerdo en el que se crea la dirección se sustenta en el decreto 203 que contiene la reforma electoral local; pero este fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y por ende, el artículo que da vida a dicha dirección también queda inválido, por ello se debe hacer una definición de temporalidad.

 

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