Fotografía: Especial

 

El presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH) Alejandro Habib Nicolás, tendrá que corregir los errores cometidos en el proceso de investigación durante la administración de, José Alfredo Sepúlveda Fayad, en un caso de posible tortura en agravio de tres personas acusadas de cometer el delito secuestro agravado.

Lo anterior luego de que estas personas promovieron el 5 de septiembre de 2018 un recurso de impugnación ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra del acuerdo de conclusión de un expediente de queja emitido el 21 de agosto de 2018 por la CDHEH, luego de que se inició la investigación el 6 de abril de 2017.

Por lo que al acreditar la CNDH que la CDHEH no investigó el caso de forma exhaustiva y profesional, fue omisa con la intervención de personal especializado y desestimó las acusaciones de los denunciantes pese a las pruebas y testimonios presentados, se emitió la Recomendación 25/2020 dirigida a la CDHEH.

Por lo que ahora se reabrirá el expediente para volver a iniciar las investigaciones correspondientes en apego a las normas vigentes, y que para evitar la repetición de los hechos se capacite al personal encargado de la integración de expedientes de queja sobre los temas relacionados con la investigación de hechos relacionados con posibles actos de tortura para que pidan la intervención de personal médico y psicológico especializado en el tema con la finalidad de contar con elementos suficientes para emitir un pronunciamiento fundado y motivado.

Hay que referir que el 10 de mayo de 2013 fueron detenidos a la altura de la
autopista Arco Norte con dirección hacia México-Querétaro con motivo de un operativo implementado por elementos adscritos a la Unidad Especializada en el Combate al Secuestro de la PGJ en relación con una investigación sobre secuestro y pago del rescate que se realizó en ese lugar.

Aunque el 7 de diciembre de 2014 se les dictó una sentencia condenatoria de 30 años de prisión y multa económica por el delito de secuestro agravado, promovieron un recurso de apelación contra esta sentencia, por lo que el 28 de agosto de 2015 se les redujo la pena a 25 años de prisión, además se les condenó a la reparación del daño y de los perjuicios ocasionados.

Sin embargo, tras promoverse unos amparos, el estatus jurídico es que están pendientes las investigaciones pues mientras no se realice el protocolo de Estambul no se puede dar una conclusión al tema.

SJA