Fotografía: Especial

 

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró que sí procedió la medida cautelar que fue solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, debido a la difusión y transmisión de promocionales en radio y televisión del segundo informe de Gobierno, fuera de la temporalidad prevista en la legislación.

De acuerdo con la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPyPP), el pasado 11 de septiembre, 15 concesionarias de radio y televisión seguían difundiendo dichos promocionales alusivos al segundo informe de Gobierno, cuando las fechas establecidas eran solo del 31 de agosto al 6 de septiembre de 2020, de acuerdo con la Ley General de Comunicación Social.

El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a las concesionarias de radio y televisión que dejen de difundir toda propaganda relacionada con el segundo informe de Gobierno, y les dio un plazo máximo de seis horas.

“Se mandató al director general de Radio, Televisión y Cinematografía para que, en un plazo no mayor a seis horas, ordene a las concesionarias a que dejen de transmitir y se abstengan de difundir los promocionales; de igual forma, se instruyó a la DEPyPP, realizar las acciones necesarias para informar a los concesionarios de radio y televisión eviten la difusión de los referidos promocionales», comunicó el INE durante la tarde de este domingo.

FMS