Fotografía: Especial

 

Integrantes del Congreso local aprobaron prohibir las terapias de conversión en el estado de Hidalgo, de modo que quien obligue a otra persona a someterse a estos “tratamientos” se le impondrá de uno a tres años de prisión, así como una multa de equivalente de 150 a 300 días.

En la lectura de este dictamen que recayó en el diputado local, Luis Ángel Tenorio Cruz, afirmó que en la legislatura de la inclusión se legisla por la dignidad humana y con esto, Hidalgo se suma a las otras ocho entidades que han prohibido estas terapias, las cuales no tienen nada que curar.

Se señaló que es necesario sancionar la conducta de quien promueva, imparta, aplique, obligue o financie cualquier terapia, tratamiento, servicio o práctica son o sin fines de lucro que tenga por objeto modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

La punibilidad se incrementará en una mitad más, siempre y cuando estas prácticas se cometan en contra de una persona menor de edad, adulta mayor o persona que no tenga la capacidad de comprender el hecho. Y se perseguirá por querella cuando la víctima sea mayor de edad.

Además de agregar un artículo al Código Penal para el Estado de Hidalgo, se agrega también un segundo parrado al artículo 142 de la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo para que el personal de salud tenga prohibido promover, impartir, aplicar, obligar o financiar estas prácticas para obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular o modificar la orientación sexual, la identidad o expresión de género de una persona.

Pues se puntualizó que estas técnicas psicológicas encaminadas a “corregir o reconvertir” lo único que hacen es menoscabar los derechos y el autoestima de las personas, además de que en ocasiones se pone en peligro la salud física y psicológica de la persona porque se emplean mecanismos violentos.