Fotografía: Especial
Con 68 votos a favor, 2 en contra y 11 abstenciones, el Senado aprobó en general la iniciativa que prohíbe a nivel federal los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), mejor conocidas como “terapias de conversión”.
La propuesta establece una sanción de hasta 3 años de cárcel a quienes realicen estas prácticas, así como la suspensión de hasta por tres años del ejercicio profesional a quienes las ofrezcan.
Los métodos de las terapias de conversión se basan en creencias religiosas de que las personas de orientación sexual e identidad de género diferentes son inferiores espiritualmente y se practican terapias de shock, así como abusos sexuales.
Las senadoras Citlalli Hernández Mora de Morena, Patricia Mercado de Movimiento Ciudadano de Movimiento Ciudadano y Alejandra Lagunes del Partido Verde Ecologista presentaron la iniciativa desde el pasado 4 de octubre de 2018, por lo que transcurrieron cuatro años para reformar el Código Penal Federal y la Ley General de la Salud.
Los senadores Víctor Fuentes Solís y Alfredo Botello Montes del Partido Acción Nacional (PAN) fueron los únicos dos votos en contra de avalar la reforma, advirtiendo que la redacción de la reforma planteada criminaliza la actividad de los profesionales de la salud que quieran dar cualquier orientación sexual.
Los senadores insistieron en que estaban de acuerdo en que se prohibieran las terapias de conversión, pero dejar a salvo el trabajo de psicólogos y psiquiatras.
Hasta 2022, aún se llevaban a cabo en al menos 68 países de todos los continentes, aunque tiene una mayor frecuencia en África, América Latina y el Caribe, y Asia.