Fotografía: Especial

 

El grupo legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI) del Congreso local propone plasmar en la normativa local criterios claros para definir cuándo se podría tratar que la desaparición de la persona se debe a la comisión de un delito, a fin de agilizar la búsqueda al reducir a de 72 a 48 horas la búsqueda.

Para ello proponen modificar la Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Hidalgo para que la Comisión de Búsqueda de Personas tenga noticia o reporte de una persona desaparecida y considere que la desaparición de la persona se debe a la comisión de un delito, entonces esta deberá de informar sin dilación a la Fiscalía Especializada.

Los criterios a seguir para dar este aviso inmediato son: que la persona de la que se desconoce su paradero es menor de 18 años de edad; cuando de la descripción inicial de los hechos se pueda desprender la probable comisión del delito de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares o cualquier otro delito.

Cuando, aun sin haber elementos de la probable comisión de un delito, han transcurrido cuarenta y ocho horas sin tener noticia de la ubicación o paradero de la persona, y cuando antes de este mismo plazo existan indicios o elementos que hagan suponer la probable comisión de un delito.

Señalaron que al reducir el término de horas para comenzar la búsqueda de personas desaparecidas, establecido en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas se tendrá una mejor actuación de las autoridades para ampliar las posibilidades de encontrar a la persona.