Fotografía: Nelly Téllez

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) declaró infundados los señalamientos de los 12 integrantes del cabildo de Ixmiquilpan que reclamaron la omisión del pago de unas remuneraciones por concepto de compensación anual y una prima vacacional derivado de su función como parte del ejercicio fiscal 2018.

María Luisa Oviedo Quezada, magistrada presidenta de este tribunal, refirió que si bien este medio de impugnación cumplió con todos los aspectos para tener legitimidad, al revisar minuciosamente el fondo de este juicio ciudadano se advierte que no hay razones suficientes para avalar el agravio denunciado.

Toda vez que aunque en la sesión extraordinaria número 22 del Cabildo de Ixmiquilpan se acordó el pago de una compensación anual equivalente a 60 días de dieta y a una prima vacacional de 30 días de dieta, cuando se aprobó en 2017 el presupuesto anual para el ejercicio 2018 no se consideró este recurso en ninguna bolsa o partida específica.

Dado que no se realizó un proceso en forma para la dispersión de estos recursos de manera previsora desde diciembre de 2017 ni tampoco en octubre cuando se realizó una modificación del presupuesto del ejercicio fiscal 2018, esto ocasionó que el ayuntamiento no estuviera en posibilidades del pago de estos recursos reclamados y por ello es imposible concederle la razón a estos servidores públicos.

 

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