Fotografía: Nelly Téllez
Llegó a su fin la etapa de comparecencias de aspirantes en el proceso de designación de las Comisionadas y Comisionados del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales (ITAIH).
Ya concluidas las comparecencias ahora las y los integrantes de la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción se reunirán para deliberar los resultados y deberán emitir un dictamen que contendrá la propuesta de las y los aspirantes designados que cumplen con el perfil necesario, para su discusión y aprobación.
Dentro del dictamen deberán ser incluidos los nombres de las cinco personas designadas como Comisionada o el Comisionado Propietario y su Suplente, así como el tiempo por el que fueron elegidos: por cuatro, seis o siete años.
Es importante mencionar que para la designación de las personas Comisionadas y Comisionados se deberá procurar la paridad de género, ya sea con tres mujeres y dos hombres o con tres hombres y dos mujeres.
Después de que sea aprobado el dictamen que contiene la designación de las Comisionadas y los Comisionados del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo, la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción, deberá inscribirlo en la Secretaríade Servicios Legislativos, para su inclusión en el Orden del Día de la Sesión Ordinaria correspondiente, para su discusión y aprobación.
Asimismo, el dictamen presentado por la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción ante el Pleno del Congreso del Estado de Hidalgo, deberá ser votado nominalmente y aprobado por mayoría simple, de conformidad con lo estipulado por los artículos 51 y 167 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo.
Las y los Comisionados Propietarios deberán rendir protesta de Ley ante el Pleno del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo o ante la Diputación Permanente, antes de asumir su cargo.
Todo lo no previsto en la convocatoria, será resuelto por lo dispuesto en la Constitución Política del Estado de Hidalgo, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo; la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Hidalgo y su Reglamento o mediante acuerdo de la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.