Fotografía: Especial 

Este jueves, integrantes del Congreso local aprobaron por unanimidad las modificaciones a diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de Hidalgo entre las que destaca que no se debe de restringir el derecho a votar de las personas privadas de su libertad, siempre y cuando, no estén condenadas.

En sesión ordinaria se destacó que al aprobar este se están garantizando sus derechos humanos, además también podrán participar en cualquier mecanismo de participación ciudadana que organice el estado a fin de estar en igual legal; esto siempre que no tengan una sentencia condenatoria, pues en este caso no podrán ejercer este derecho.

De igual modo ya se estableció como requisito legal que para obtener una candidatura, la persona no debe estar condenada mediante sentencia ejecutoriada por delito de acoso sexual, abuso sexual, delitos de violencia de género o por violencia familiar, ni tampoco ser deudora alimentaria o moroso.

Se obliga a los partidos a que distribuyan de manera paritaria y equitativa todas las prerrogativas a que tienen derecho los partidos políticos y para cuando se trate de campañas, los partidos deben de informar 10 días antes del inicio de la campaña electoral los porcentajes a distribuir para garantizar esto.

Entre otro de los puntos se establece que las listas de candidaturas a diputaciones locales por la vía de la representación proporcional se integrarán por candidaturas de género distinto, alternadamente, dichas fórmulas deberán integrarse por propietarios y suplentes del mismo género, salvo que la suplencia recaiga en una mujer cuando el propietario sea hombre.

 

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