Fotografía: Especial

 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la convocatoria al III Congreso Nacional Ordinario de Morena por mayoría de votos, referente a las personas que podrán votar en los congresos distritales para que ejerzan su derecho únicamente quienes se encuentren afiliadas.

En sesión pública por videoconferencia, los magistrados determinaron modificar la convocatoria al considerar que cualquier persona afiliada o que se afilie en ese momento pueda votar, cumpliendo un mínimo de requisitos, con excepción de quienes se identifiquen con la credencial del gobierno legítimo.

Además, se consideró incongruente que se les exija a las personas acreditar su militancia cuando ya se encuentran en el padrón de militantes, validado por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Sin embargo, el magistrado Indalfer Infante Gonzáles no estuvo de acuerdo con la medida pues consideró que es una intervención injustificada a la autonomía del partido ya que quienes tienen acreditación de gobierno legítimo son considerados por el partido como un apoyo.

De igual forma, el TEPJF revocó parcialmente la determinación dictada por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia para que se emita una nueva que se analice el cumplimiento al mandato de paridad de género y medidas para garantizar el acceso a cargos de dirección a miembros de la comunidad LGBTTTIQ+.