Visión Constitucional
El pasado 2 de abril, ejerció su facultad de atracción por parte del Instituto Nacional Electoral, en los casos de los estados de Coahuila e Hidalgo, para el “efecto” de suspender temporalmente, los procesos electorales que se venían desarrollando en estas entidades federativas, lo anterior con motivo del virus SARS-CoV2 (COVID-19), que ha derivado en la pandemia reconocida por las autoridades sanitarias, nacional e internacionales; supuesto que si bien no está reconocido expresamente en la legislación electoral general, demuestra una preocupación en primer término, por el respeto al derecho humano de la salud y además continuar con el desarrollo democrático en un régimen republicano, en cuya esencia se encuentra precisamente la renovación periódica del poder.
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