Fotografía: Edén Torres
El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) declaró infundados e inoperantes los agravios señalados por el ex representante perredista, Octavio Castañeda Arteaga, respecto a la exigencia al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) de un pago por concepto de bono electoral y lo equivalente a 60 días de aguinaldo.
“Él dice que tiene derecho a una retribución económica; sin embargo,se hizo un análisis en la sentencia, porque ni la Constitución, ni el Código Electoral ni ningún códice normativo establece un derecho textual explícito que le adjudique a la representación política una retribución económica en los términos que él está exponiendo” dijo, Jesús Raciel García Ramírez, magistrado del TEEH.
Esto derivado del cambio de representante político electoral que realizó la dirigencia estatal del Partido de la Revolución Democrática (PRD) ante el Consejo General del IEEH a finales de agosto, situación que originó que Castañeda Arteaga, demandara una compensación económica equivalente a los días laborados.
Cabe mencionar que por este mismo tema, también en sesión del TEEH se resolvió el expediente número TEEH-JDC-041/2018 y su acumulado promovido por la perredista, Dalia del Carmen Fernández Sánchez, quien pretendía controvertir la decisión de su dirigencia partidista y aboga a por la permanencia de Castañeda Arteaga, y no a Ricardo Gómez Moreno.
Magistrados locales coincidieron en que al ser un conflicto intrapartidista, quienes deben de resolver son los órganos internos del PRD para atender la discrepancia de quién debe o no ser el representante perredista ante el Consejo General del IEEH, pues el órgano electoral local cumplió con lo solicitado por la directiva estatal quien hizo el cambio.
SJA