Fotografía: Nelly Téllez

 

Aunque el presidente municipal de Tlanchinol, Pablo Salazar Hernández, ya tiene dos amonestaciones públicas por desacato a llamados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), no existe un número máximo de amonestaciones acumuladas para imponer posteriormente una multa económica, para esto se requieren de diversos factores para imponerla.

La magistrada presidenta del TEEH, María Luisa Oviedo Quezada, explicó que el marco normativo actual le da facultades al tribunal para establecer medidas para hacer cumplir sus determinaciones y así corregir la conducta indebida a través de la imposición de medidas de apremio como la amonestación pública o una multa económica.

A las amonestaciones públicas se recurre cuando la conducta no fuera de gravedad ni reiterada y no se requiere de acumular un determinado número de amonestaciones públicas para entonces pasar a una multa, pues esta se usa únicamente cuando se considera que el actor demandado en cuestión tuviera una conducta negativa para acatar y reiterada, o fuera una acción muy grave.

Indicó que el TEEH sí se ha visto en la necesidad de imponer multas económicas a algunas autoridades, para lo cual los sancionados deben solventar la multa de su propio sueldo y no del erario, multa que podría ser de 10, 50 o más veces lo equivalente a la Unidad de Medida de Actualización (UMA).

 

 

SJA