Fotografía: Nelly Téllez
Los partidos políticos tienen la obligación de cumplir con la paridad horizontal, vertical y sustantiva en las postulaciones indígenas dentro de las planillas municipales durante 2020 con el propósito de que este sector tenga un acceso efectivo a los cargos públicos.
La titular de la Oficina para la Atención de los Derechos Político-Electorales para Pueblos y Comunidades Indígenas del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), Ariadna González Morales, explicó que la paridad horizontal es aquella que tiene que ver con el número total de planillas, las cuales deben estar encabezadas 50 por ciento por hombres indígenas y 50 por ciento por mujeres indígenas.
Pero en caso de que sea número impar se tendrán que hacer postulaciones de más mujeres indígenas para así generar acciones afirmativas, misma lógica se aplicará para la integración de las planillas.
Pues si bien las fórmulas de personas indígenas no van a ir alternadas, dentro de la paridad general sí se tiene que dar en la postulación alternada hombre-mujer y así sucesivamente. Además como las planillas no están completamente integradas por indígenas, del número total de fórmulas que les correspondan para indígenas, la mayoría tendrá que ser para mujeres indígenas.
Para la paridad vertical las fórmulas deben estar integradas tanto en la titularidad como en la suplencia por el mismo género, aunque se podrá dar una excepción, si en una fórmula el propietario es un hombre, su suplente puede ser una mujer; pero esto no aplicará en caso de que una mujer sea la propietaria.
Finalmente en la paridad sustantiva los partidos deberán garantizar que las personas puedan acceder no solo en la postulación, sino que también al cargo, que para que el caso de las mujeres indígenas es que no les asignen lugares con pocas posibilidades de ganar dentro los bloques de alta, media y baja votación, donde también se deben integrar de manera paritaria.
SJA