Fotografía: Especial
El Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) ya no necesita construir un Catálogo de Autoridades Indígenas para garantizar el vínculo comunitario, pues deberá juzgar con perspectiva intercultural y en respeto a su cosmovisión, además, deberá garantizar que las candidaturas independientes en municipios indígenas cumplan con la autoadscripción calificada.
Así lo determinó la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) este viernes donde resolvió los cuatro juicios contra la sentencia TEEH-RAP-NAH-016/2019 y sus acumulados que emitió el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) el 27 de noviembre de 2019.
Como parte de esta resolución se advierte que aunque se confirma el acuerdo número 30 de 2019 del IEEH en cuanto hace a la materia indígena, era necesario que para instrumentar este derecho se debía someter a consulta los procedimientos y condiciones a seguir para poder participar en estos procesos electorales.
De modo que para no afectar la participación y los espacios de este sector poblacional ese acuerdo se mantendrá vigente en este lapso; pero una vez que acaben las elecciones será necesario que realicen una consulta previa para que los resultados puedan ser utilizados en la emisión de las reglas que regirán los siguientes procesos pues en este momento no es viable.
Ante esto también se obliga al IEEH a modificar este acuerdo para que adicione una regla para que obligue a que las planillas de candidaturas independientes que se postulan en los municipios indígenas se encuentran encabezadas por las personas indígenas que cumplen con el estándar de autoadscripción calificada.
SJA