Fotografía: Edén Torres

Aunque el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) revocó el acuerdo número 46 de 2019 del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), donde se anulan las retenciones a los partidos políticos de los remanentes no ejercidos durante el proceso electoral local 2017-2018, no significa que esos recursos no se vayan a cobrar.

La magistrada presidenta del TEEH, María Luisa Oviedo Quezada, explicó que la decisión de revocarlo fue porque dicho acuerdo se sustenta en el acuerdo número 17 de 2019 que emitió la Comisión de Fiscalización (CF) del INE, el cual no tiene validez jurídica porque no se cumplió con los pasos legales para darle validez.

Pero esto no significa que los partidos estén libres o exentos del pago y que las cifras plasmadas en dicho acuerdo, signifique que son recursos que les pertenecen, pues la revocación que de igual manera hizo la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es obligar a la CF a que se conduzca con legalidad y emita una nueva resolución apegada a derecho.

Ante esto la magistrada presidenta refirió que sigue vigente la obligación de los partidos para que devuelvan estos remanentes una vez que la CF del INE haga un nuevo procedimiento administrativo adecuado para ahora sí hacer el cobro o retención efectiva de estos recursos que recibieron en su momento; pero que no los ejercieron.

Lo anterior luego de que el partido local Encuentro Social Hidalgo promoviera el incumplimiento de la sentencia TEEH-RAP-MOR-020/2019 y sus acumulados, donde pese a declarar ilegal la retención de recursos, el IEEH ya había hecho las retenciones; pero no hizo nada por regresarles este recurso en cumplimiento a cabalidad con dejar sin efectos las acciones que surgieran del acuerdo 46 del IEEH.

 

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