Fotografía: Especial
Durante la madruga de este jueves 17 de septiembre, magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) resolvieron que en el caso de las postulaciones hechas por Morena en los municipios de Tula de Allende y de Tecozautla debían negarse y devolverse respectivamente, así como las que hizo Movimiento Ciudadano (MC) en cuatro municipios deben restituirse.
Para el caso de Morena se advirtió que la postulación de, Ricardo Raúl Baptista González, no cumplió con el requisito de elegibilidad respecto a separar del cargo 90 días antes de la jornada electoral para contender por el municipio de Tula de Allende, ya que al hacer una revisión de los días de licencias, legalmente él se separó 86 días antes, por lo que no debió permitirse su registro toda vez que incumplió con la normatividad aplicable.
Respecto al caso del municipio de Tecozautla, se advierte que el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) invalidó injustificadamente la procedencia de registro de, Marisol Prieto Avendaño, toda vez que tres personas ajenas presentaron copias simples de que ella no residía en el municipio sin darle la oportunidad a la actora de defenderse cuando sí tiene documentos válidos que acrediten su antigüedad de residencia y por ello debe otorgarse su registro como candidata a presidenta municipal por este municipio.
En relación al caso de MC, este partido alegó que el IEEH modificó injustificadamente las postulaciones que hizo de origen porque a consideración del órgano electoral local no se cumplía con la paridad sustantiva y determinó cambiar los géneros en los municipios de Tulancingo de Bravo, Epazoyucan Tepeji del Río y Ajacuba, afectando con ello a las mujeres de acceder al cargo en regiones de alta rentabilidad para este partido, por lo cual, ahora el IEEH debe respetar las postulaciones hechas por el partido naranja pues estas no violan el principio de paridad en sus tres vertientes.
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