Fotografía: Especial

«Tras concluir el período de campañas, a partir de este jueves 15 de octubre da inicio la veda electoral, la cual tiene una duración de 72 horas en las que queda estrictamente prohibido realizar cualquier acto con fines proselitistas o incluso difundir por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión respecto de las preferencias electorales, de incumplir con la normatividad vigente se impondrán las sanciones correspondientes.>La consejera presidenta del IEEH, Guillermina Vázquez Benítez, explicó que el marco legal establece tres días previos a la celebración de la jornada electoral en los que no se puede hacer ningún acto de campaña, reuniones públicas o cualquier actividad que pudiera ser considerada como proselitista, pues el objetivo de este lapso es para que exista un silencio en materia de propaganda política y se le dé a la ciudadanía un período de reflexión del sentido de su voto.

Comentó que estas prohibiciones legales no están circunscritas a partidos políticos o candidatos, sino a cualquier figura pública, por lo que si alguien incurre en esta violación la conducta estará sujeta a sanción, para lo cual el Código Electoral local tiene un listado amplio donde se detallan perfectamente estas conductas que pueden sancionarse con amonestaciones públicas, multas económicas o incluso podrían ser constitutivas de delitos electorales que deriven en una carpeta de investigación de carácter penal.

Cabe mencionar que también dentro del Código Electoral local se establece que durante los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas, queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos, quedando sujetos quienes lo hagan a las penas aplicables en las conductas previstas y sancionadas en la ley electoral vigente.

No obstante, los partidos políticos podrán seguir realizando sus funciones y el trabajo que tengan agendado en relación con la organización del proceso, siempre y cuando no tengan como propósito influir en la decisión del voto, pues entonces sí irían contra la ley. Por lo que recomienda que se respete el marco electoral local y se evite a toda costa emitir mensajes o realizar conductas con fines proselitistas en este período.

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