Visión Constitucional
El Estado de Hidalgo es libre, soberano e independiente, en todo lo que concierne a su régimen interior. Esto era lo que establecía el primer artículo de la originaria constitución, es interesante señalar que al parecer las constituciones locales del siglo XIX no tenían claridad en cuanto al concepto de soberanía local, pues en otros códigos políticos de la época se puede apreciar (como en Michoacán o Oaxaca), la insistencia de contemplar los términos de soberanía e independencia enfáticamente, cuando el concepto de soberanía local, denominada por Tena Ramírez “autonomía” conlleva esencialmente el primero.
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