Fotografía: Especial

La presidencia del Congreso del Estado de Hidalgo deberá analizar conforme a sus atribuciones y su normativa interna si el diputado local, Víctor Osmind Guerrero Trejo, con sus declaraciones cometió o no violencia política en razón de género en contra de su compañera de bancada y en función de esto emitir la sanción correspondiente.

 

Esto toda vez que los magistrados de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinaron que el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) no tenía facultades para resolver, porque no tenía la competencia para conocer del caso en primer lugar.

Esto debido a que los hechos ocurridos se desarrollaron durante la celebración de una sesión ordinaria al interior del Congreso local, por lo que la queja respecto de las manifestaciones realizadas debió hacerse ante el propio órgano parlamentario y no a través de un procedimiento especial sancionador a través del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH).

Es por ello que se determinó dejar sin efectos la sentencia del tribunal electoral local donde se acreditó la infracción y reencausar la queja de la diputada afectada para que sea el Congreso local el que lleve a cabo las acciones que considere necesarias para dar resolución al asunto.

 

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