Fotografía: Especial 

 

Magistrados de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinaron que existe una imposibilidad material y legal para que, Diana Laura Marroquín Bayardo, sea candidata a diputada local propietaria de la fórmula 4 por el principio de representación proporcional por el Partido del Trabajo (PT).

Señalaron que al estar en este momento sometida a proceso penal por la probable comisión de un delito doloso y no goza de libertad plena precisamente por esto, de modo que, sin juzgar su responsabilidad en este caso, no puede ser como candidata y se le debe negar definitivamente el registro.

Ya que se señaló que la Constitución Mexicana es clara y se tiene previsto este tipo de medida para garantizar el resultado de la elección, puesto que si se acepta su candidatura y se da el caso de que gane y posteriormente se le emita una sentencia en su contra no podrá acceder ni ejercer el cargo.

De modo que la postura que asumió el Instituto Estatal Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) fue la adecuada y por lo tanto los agravios señalados tanto por la ciudadana como por el PT no están debidamente fundados, no les asiste la razón y no puede ejercer sus derechos político-electorales en su modalidad de ser votada.

Finalmente se determinó revocar definitivamente la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) respecto de la amonestación en contra de, Hilda Miranda Miranda y de María del Rocío Rivera Escorza, a quienes se les señaló de tener una responsabilidad indirecta por la colocación de propaganda electoral en el tansporte público durante las elecciones municipales de 2020.

 

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