El primer amparo concedido a la ley de austeridad republicana

 

“Esta Ley es de orden público e interés social. Tiene por objeto regular y normar las medidas de austeridad que deberá observar el ejercicio del gasto público federal, y coadyuvar a que los recursos económicos de que se dispongan se administren con eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez, conforme lo establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Sus disposiciones son aplicables a todas las dependencias, entidades, organismos y demás entes que integran la Administración Pública Federal”.

Artículo 1 de la Ley Federal de Austeridad Republicana

 

El fallo del titular del Juzgado Segundo del Centro Auxiliar Primera Región, Abel Méndez, concluyó que el Congreso no estaba facultado para emitir la Ley de Austeridad y determinó que el impedimento de diez años hacia altos mandos del gobierno para no trabajar en empresas privadas, posterior a su cargo público, es inconstitucional.

Lo anterior desde la Visión Constitucional parece robusto el argumento, sobre todo el que limita un derecho humano como el laboral, cuando se han tenido funciones públicas de supervisar, regular o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada.

El artículo 24 párrafo segundo de la Ley Federal de Austeridad Republicana, consigna expresamente: “Los servidores públicos comprendidos en los grupos jerárquicos de mando superior a que se refiere el manual de percepciones previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Gobierno Federal, que por cualquier motivo se separen de su cargo, no podrán ocupar puestos en empresas que hayan supervisado, regulado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada en el ejercicio de su cargo público, salvo que hubiesen transcurrido al menos diez años”.

El juez señaló respecto a esta parte normativa que: “La disposición reclamada es violatoria de los derechos a la libertad de trabajo, a un salario digno y a un plan de vida, habida cuenta que, de entre un conjunto de opciones viables, la legislatura optó por la medida más deletérea en perjuicio de los derechos de la parte quejosa”.

También se señaló que: “El plazo de diez años es excesivo porque las y los servidores públicos que ocupan cargos de mando superior difícilmente podrán emplearse fuera del sector público en una actividad distinta a la que usualmente desempeñan”, quedó establecido en la sentencia del medio de control constitucional.

El artículo 5 de la Constitución federal señala sobre la libertad del trabajo que: “…el ejercicio de esta libertad solo podrá vedarse por determinación judicial cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial”.

Por lo tanto, el simple señalamiento de una legislación secundaria no debe anular un derecho constitucional como lo es al del trabajo. Veremos si la Suprema Corte es coincidente con este criterio.

Con relación a que el Congreso de la Unión no es competente para dictar la legislación de austeridad, se pueden realizar algunos comentarios, pero con base a los lineamientos de un régimen federalista, en que lo que no está señalado expresamente para orden federal se encuentra reservado a los estados, el artículo 25 de la legislación multicitada es una muestra de su ilegal corte invasivo.

“Artículo 25. Queda prohibido a cualquier persona física o moral el uso de su personalidad jurídica para eludir el cumplimiento de obligaciones y perjudicar intereses públicos o privados. Para ello, se aplicarán acciones fiscalizadoras y políticas de transparencia en el sector privado cuando participe de recursos públicos, incluyendo el levantamiento del velo corporativo, a efecto de evitar como causal excluyente de responsabilidad del servidor público o sus familiares hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad, el empleo de una personalidad jurídico colectiva”.

En una interpretación gramatical de dicho numeral se puede observar la intrusión de una norma federal con otras que corresponden a las legislaturas de los estados.

De esta forma, el máximo tribunal del país tendrá la última palabra sobre la validez de la Ley de Austeridad Republicana, incluyendo la prohibición para que los exfuncionarios de mando superior no puedan emplearse en las empresas que hayan supervisado o regulado, hasta diez años después de haber dejado el servicio público y las que corresponden al orden competencial de las entidades federativas.

 

Visionare. Cuando los legislativos solo obedecen a intereses partidistas, no son congruentes con la representación política que se les ha otorgado por la ciudadanía.

 

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