Fotografía: Especial

 

 

El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinó que la respuesta que le otorgó el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) a Erick Marte Rivera Villanueva, fue la adecuada y no puede pronunciarse ante actos electorales que no han ocurrido.

 

Este viernes, la y los magistrados electorales locales determinaron que los señalamientos hechos por Rivera Villanueva en contra del IEEH eran infundados e inoperantes, puesto que el ciudadano se quejó porque la respuesta que le ofreció el órgano electoral local respecto a una consulta en materia electoral violentaba, a su decir, sus derechos político-electorales.

 

En la solicitud que realizó al IEEH preguntó hasta cuándo estaría dentro del Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política en Razón de Género, a lo que se le respondió que será hasta el 17 de octubre del 2026.

 

Entre las diversas dudas, también preguntó sobre el modo honesto de vivir, sin embargo, el IEEH se reservó su postura porque aún no está en su facultad responder algo que no ha ocurrido. Precisamente por esto fue que el ciudadano inconforme impugnó ante el TEEH.

 

Ante esto, la y los magistrados señalaron que no hay elementos jurídicos que le permitan responder, porque es adelantarse a configurar una actuación que tendría consecuencias jurídicas directas en el proceso electoral, el cual para el caso del estado de Hidalgo aún no inicia.

 

Agregaron que es hasta en la etapa de la revisión de los requisitos que se evalúa si una persona reúne los requisitos para comprobar que tiene un modo honesto de vivir, y que obligar al IEEH a fijar una postura va contra la ley, por ello el que no haya respondido este tema es un acto que violente al ciudadano que aspira a postularse a una candidatura pese a que violentó a una mujer.

 

 

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