Día Internacional de la Mujer. De la cultura, pasando por las normas y llegando a la acción

 

«El problema de la mujer siempre ha sido un problema de hombres».
Simone de Beauvoir
Escritora, profesora y filósofa francesa.

El tema de la desigualdad entre hombres y mujeres, tuvo un origen cultural en nuestro país y tal vez debiéramos decir en el mundo, pues las leyes las realizaron los varones preponderantemente durante un largo periodo de tiempo y el desempeño de cargos públicos fue monopolizado por el género masculino, lo cierto es que las normas constitucionales en su elaboración, tuvieron un origen más bien neutro, pero su significado cultural fue discriminatorio.

Trataré de explicar lo anterior: El derecho al sufragio activo y pasivo, esto es votar y ser votado; en una interpretación literal del texto constitucional mexicano, no implicaba una limitación al derecho político de las mujeres, esto debe interpretarse así pues de su literalidad, el artículo 34 de la Constitución Federal estableció originalmente la calidad de ciudadano, y por lo tanto, la llave para participar en los comicios, el texto era el siguiente:

“Son ciudadanos de la República, todos los que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan además, los siguientes requisitos:
“l.-Haber cumplido dieciocho años, siendo casados, o veintiuno si no lo son, y
“II-Tener un modo honesto de vivir.”

El numeral 30 de la propia Constitución, referente a la nacionalidad mexicana, tampoco estableció una exclusividad hacia los varones, sino que solo se refirió a las formas de adquirir la nacionalidad por nacimiento o por naturalización.

Por lo tanto, si alguien gozaba de la nacionalidad mexicana, por el solo hecho de adquirir las dos condiciones del artículo 34 del propio texto constitucional, la persona (hombre o mujer) también tenía la ciudadanía y con ella los derechos políticos plenos. Sin embargo, aquí es donde un esquema cultural limitó lo anterior, haciendo decir a la Constitución, lo que no expresaba.

Comentaristas del siglo XIX, que analizaron la Constitución de 1857, como Coronado y Ruiz, sentenciaron que las mujeres no debían participar en política y al parecer fue el sentir varonil de la época y se trasladó hasta el siglo XX.

Se insiste, como un aspecto cultural más que jurídico. Inclusive esta idea quedó anclada por la propia jurisprudencia de la Suprema Corte, que si bien no se refería al tema específico, da una idea de la interpretación limitada del más alto tribunal del país al señalar que los derechos políticos no son garantías individuales (hoy diríamos derechos humanos) y por lo tanto no eran aptos para ser defendidos a través del juicio de amparo.

La Visión Constitucional del siglo pasado, comenzó a clarificarse en el tema hasta el último día de 1974, en donde apareció publicada la primera reforma al artículo cuarto constitucional (cuyo texto original fue el derecho al trabajo del actual artículo quinto), en donde se estableció la igualdad jurídica del hombre y la mujer, además del derecho de los padres de decidir el número y espaciamiento de sus hijos.

Dicho cambio constitucional permeó en otras materias como la civil, en donde la mujer dejó de tener que pedir autorización al marido para realizar ciertos tratos comerciales de sus propios bienes.

Con antelación, ya habían surgido sendas reformas que fueron ampliando los derechos políticos de las mujeres como las aparecidas en el año de 1946 y 1953, la primer referente a la participación política de la mujer en los elecciones municipales y la segunda que le “otorgó” los derechos de participación política de las mujeres, que a consideración de quien esto escribe, ya tenían desde mucho antes.

La mejor forma de festejar y honrar a las mujeres actualmente es recordando las causas por las que han luchado, conociendo las normas que las protegen y luchando junto a ellas en la aplicación real y verdadera de normas específicas como Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y un sin número de normas que han sido construidas con enfoque de género, de la mano a políticas públicas que se comprometan y no solo sean discursos contradictorios de apoyo.

 

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SJA