Fotografía: Nelly Téllez

Por no responder en tiempo y forma una solicitud información, el ayuntamiento de Cardonal recibió la primera amonestación pública que emite el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo (ITAIH), si en el futuro vuelve a reincidir en esta conducta podría ser acreedor a una amonestación económica.

Mario Ricardo Zimbrón Téllez, comisionado presidente del ITAIH, explicó que un ciudadano solicitó información detallada respecto a los gastos realizados en el marco del segundo informe de gobierno municipal de este año, petición que ingresó el 24 de septiembre pasado y que tuvo que ser atendida en los plazos legales como lo establece la ley en materia de transparencia.

Sin embargo, ante esta falta de respuesta el solicitante ingresó un recurso de revisión, una vez agotada la etapa procedimental del recurso de revisión el Consejo General del ITAIH emitió una resolución donde ordena al sujeto obligado entregar la información en un plazo de 10 días porque se consideró que la información solicitada es de carácter público .

No obstante, el ayuntamiento incumplió nuevamente con la entrega de dicha información y con el mandato del organismo, por lo que ante este situación de desacato el Consejo General del ITAIH determinó emitir una medida de apremio que abarca informarle al superior jerárquico del sujeto obligado del cumplimiento y se determina imponer como medida de apremio la amonestación pública.

«Tomamos esta decisión ante la gravedad de la falta. No existía razón que justificara la falta de acatamiento y en virtud de que el Órgano Garante cuenta con las atribuciones para garantizar el cumplimiento de sus determinaciones es que se impuso la medida de apremio en estricto apego a la ley» dijo.

Dicha medida fue publicada el día de hoy y el comisionado presidente subrayó que si bien ya quedó firme esta amonestación, en su historial quedará el antecedente y sería su primera llamada de atención; pero en caso de que este sujeto obligado, el ayuntamiento de Cardonal reincide en esta conducta y es omiso las siguientes medidas de apremio no será una amonestación pública, sino a una multa económica que la mínima sería de más de 12 mil pesos.

Cabe mencionar que esta primera medida de apremio es la primera que emite el organismo del ITAIH pues tras las reformas a la ley que entraron en vigor el 5 de mayo de 2017 este organismo ya está facultado para emitir este tipo de amonestaciones a fin de que los sujetos obligados cumplan con la ley.