Fotografía: Especial 

Magistrados de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron dos sentencias del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) porque en ellas no acataron puntualmente el procedimiento plasmado en el Código Electoral local para acreditar la legitimación de los denunciantes.

Durante la sesión virtual efectuada la mañana de este lunes se informó que los magistrados del TEEH determinaron que los juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano interpuestos por, Juan Remigio Mejía Martínez y por Miguel Ángel Peña Sánchez, se debían declarar como no presentadas toda vez que no presentaron la documentación idónea para acreditar la calidad de ciudadano, en este caso la copia de una credencial de elector.

En este sentido, los magistrados de la Sala Regional Toluca refirieron que sus homólogos del estado de Hidalgo confundieron la figura jurídica de personería con la de legitimación por lo cual indebidamente cerraron las vías para continuar con el trámite de demanda contra los procesos de selección de candidatos en los municipios de Tlaxcoapan y Zempoala por el partido Morena.

Por ello se revocó dicha sentencia y se conminó al TEEH a que en lo subsecuente, antes de resolver cualquier demanda para declararla como no presentada se verifique si estos pasaron por toda la tramitación requerida para hacerla efectiva y que no hacerlo se mandate efectuarla para apegarse a lo establecido en el Código Electoral local.

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